REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintiocho (28) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior Civil (Bienes) y de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 07 de diciembre de 2011 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró SIN LUGAR la querella funcionarial interpuesta por los abogados Jorge VEGA MEJÍA y Héctor MAYORGA QUINTERO (INPREABOGADOS Nros. 13.201 y 99.640), en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MERCEDES GREGORIA CARREÑO LÓPEZ (cédula de identidad Nº 8.781.822) contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2007-000041
RADZ/RJRF/eryh