REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, cuatro (04) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior Civil (Bienes) Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, estado Aragua (hoy, Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 07 de diciembre de 2011 declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Jorge VEGA MEJIA y Héctor MAYORGA QUINTERO (INPREABOGADO Nº 13.201 y 99.640 respectivamente) actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARGHIE DE LA CRUZ SÁNCHEZ PUERTA (cédula de identidad Nº 17.352.417) contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JULIÁN MELLADO DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2007-000055
RADZ/RJRF/ggpr