REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, seis (06) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) en fecha 22 de septiembre de 2011 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la querella funcionarial interpuesta por el abogado Carlos Enrique YSMÁYEL TORREALBA (INPREABOGADO Nº 116.734), en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MILAGRO AGUIRRE DE MARTÍNEZ (cédula de identidad Nº 4.799.089) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2008-000043
RADZ/RJRF/eryh