REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, seis (06) de noviembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
De una revisión de las actas del presente asunta se advierte diligencia de fecha 04 de noviembre de 2013 mediante la cual la parte querellada, solicitó: “…copias certificadas de los siguientes folios: Pieza 01, folio 01 al 04, 21, 22, 88 hasta 96, Pieza 02, folio 107 al 131, 167…”. Asimismo mediante diligencia de fecha 05 de noviembre de 2013 la parte accionada expuso “…Ratifico la solicitud de copias formulada mediante diligencia del día de ayer, 04 de noviembre de 2013; pidiéndole al tribunal que una vez se acuerde la expedición de las mismas, se incluya esta solicitud y el auto que lo provea”. Este Juzgado de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, ACUERDA previa consignación de los fotostatos necesarios la certificación de las referidas copias por cuanto constan en original en el expediente.
El Juez
Abg. Rafael Antonio Delce Zabala
El Secretario
Abg. René Del Jesús Ramos Fermín
JP41-G-2013-000057
RADZ/RJRF/eryh