REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Y EN MATERIA DE REENVÍO EN LO PENAL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de octubre de 2013
203° y 154°
Asunto Nº: CA-1639-13-VCM
Resolución Judicial N° 388-13
Ponenta: Jueza Presidenta: Abogada Renée Moros Tróccoli
Se recibieron las presentes provenientes del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, el 26 de septiembre de 2013, en virtud de la inhibición presentada por la Jueza Darieanys Flores, en la causa N° AP01-S-2012-001182 (nomenclatura de dicho Tribunal) seguida contra los ciudadanos Gabriel Reyes y José Antonio Ruiz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89, numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
En la misma fecha se le dio ingreso a las actuaciones, en el Libro de Entrada y Salida de Asuntos llevados por este Tribunal Superior Colegiado y conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial; previo auto, se le asignó el Nº CA-1639-13 VCM y se designó como ponenta para el conocimiento de la presente causa a la Jueza presidenta abogada Renée Moros Tróccoli, quien con tal carácter suscribe la presente decisión.
De la admisibilidad
La ciudadana Jueza del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, el 26 de septiembre de 2013, se inhibió del conocimiento de la presente causa, por cuanto se considera incursa en la causal contenida en el artículo 89, numeral 7, por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ésta, cuando libró la orden de aprehensión contra los investigados Gabriel Reyes y José Antonio Ruiz.
En este orden de ideas observa esta Alzada que la inhibición planteada por la referida juzgadora reúne los requisitos para su admisibilidad, por cuanto en ella se expresa el motivo en que se funda, sobre la base de la norma del artículo 89 numeral 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, por lo cual, lo procedente y ajustado a derecho es declararla Admisible. Y así se declara.
Dispositiva
Con fundamento en los anteriores supuestos esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Admite la inhibición presentada por la Jueza Darieanys Flores, del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este mismo Circuito Judicial Penal y sede en la causa N° AP01-S-2012-001182 (nomenclatura de dicho Tribunal) seguida contra los ciudadanos Gabriel Reyes y José Antonio Ruiz, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 ejusdem.
Regístrese, notifíquese a la Jueza inhibida y déjese copia de la presente decisión.
LA JUEZA PRESIDENTA,
ABOGADA RENÈE MOROS TRÓCCOLI
LAS JUEZAS INTEGRANTES,
OTILIA CAUFMAN
ABOGADA NANCY ARAGOZA ARAGOZA
LA SECRETARIA
GABRIELA RATTIA LAREZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
GABRIELA RATTIA LAREZ
CAUSA N° CA- 1639-13 -VCM
RMT/NAA/OC/grl/rmt.-