REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de octubre de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AP51-J-2013-000407.
Revisadas como han sido las actas procesales que integran el presente asunto y vista la diligencia presentada ante este Juzgado en fecha 11 de julio de 2013 por la Fiscal Auxiliar Nonagésima Sexta (96°) del Ministerio Público Abg. ORIALBA LIRA DE MONASTERIOS, solicitando sea autorizada la ciudadana DORIAM MILEDY NIEVES CAPACE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 10.696.542, en representación de sus hijos SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de quince (15) y diez (10) años de edad, respectivamente, para retirar la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 5.250,oo), de la cuenta de ahorros aperturada en el Banco Industrial de Venezuela signada bajo el N° 0003-0081-19-4000069095, en virtud de cubrir gastos odontológicos a favor del precitado adolescente, en la cual consignó soporte del gasto a realizar; este Tribunal Noveno (9°) de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, en virtud que este Juzgador no es ajeno a las necesidades sociales y a fin que el beneficiario del presente proceso goce de un nivel de vida adecuado y se garantice el derecho que le asiste a la salud, (en este caso salud odontológica); es por lo cual AUTORIZA a la ciudadana DORIAM MILEDY NIEVES CAPACE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.- 10.696.542, a retirar de la cuenta de ahorros N° 0003-0081-19-4000069095 del Banco Industrial de Venezuela la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 5.250,oo) a los fines de sufragar los gastos odontológicos de su hijo ante mencionado. Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC), a los fines de informarles al respecto. Cúmplase.-
EL JUEZ,
EL SECRETARIO
ABG. IVÁN CEDEÑO GÓMEZ.
ABG. ANTONIO FALCÓN.