REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay estado Aragua, (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativos de la circunscripción Judicial de estado Aragua), en fecha 11 de marzo de 2005 dictó sentencia declarando CON LUGAR el presente recurso interpuesto por el ciudadano LUIS MORILLO MARTINEZ (CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 2.519.563), debidamente representado de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
El 04 de octubre de 2006 la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo confirmó el referido fallo.
En fecha 03 de octubre de 2012 este Juzgado se abocó al cocimiento de la presente causa.
El 11 de octubre de 2012 este Juzgado Superior en virtud de la sentencia dictada y confirmada por la referida Corte de lo contencioso Administrativo, ordenó notificar a la parte querellada a los fines de que informase si se dio cumplimiento al fallo dictado.
En fecha 09 de mayo de 2013 la parte querellada mediante oficio Nº 240-2013 consignó soportes que evidencian el cumplimiento de la sentencia dictada en la presente causa.
No quedando alguna otra actuación por realizar, este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente asunto, conformado por un (01) cuaderno separado contentivo de ciento treinta (130) folios útiles y una (1) pieza principal contentiva de cuatrocientos ocho (408) folios incluido este auto.

El Juez,


ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA
Secretaria Acc,


GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JP41-G-2002-000015
RADZ/GCMM/ mpgn