REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Visto el auto dictado por este Juzgado en fecha 03 de abril de 2013, en la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana CARMEN BELISARIO GUTIÉRREZ (cédula de identidad Nº 8.999.197) asistida por el abogado Carlina MOTA (INPREABOGADO Nº 53.779) contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO GUÁRICO mediante la cual se abocó al conocimiento del presente asunto y por cuanto se observa de la revisión de las actas del expediente, que la causa se encuentra paralizada desde el 20 de abril de 2006, se ordena notificar al recurrente a los fines de que manifieste a este Órgano Jurisdiccional su interés en la continuación del procedimiento. A tales efectos se le otorga un lapso de diez (10) días continuos contados a partir de que conste en autos su notificación y se le advierte que de no producirse respuesta dentro del lapso fijado se declarará la extinción de la acción por pérdida sobrevenida del interés procesal.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria Acc.,



GÉNESIS C. MIRANDA MORALES

Exp. Nº JE41-G-2004-000015
RADZ/RJRF/eryh