REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 24 de marzo de 2008 el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua dictó sentencia declarando INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano LUIS ANTONIO FIGUERA JARAMILLO contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
En fecha 31 de marzo de 2008 la parte querellante apeló mediante diligencia del referido fallo.
El 10 de enero de 2013 este Juzgado Superior se abocó al conocimiento de la causa.
En fecha 18 de enero de 2013 este Juzgado en virtud de que no constaban las notificaciones del fallo antes mencionado, ordenó la notificación de las partes.
En virtud de lo anterior y notificadas como se encuentran las partes de la sentencia dictada, este Tribunal, ordena oficiar al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de que remita cómputo de los días de despacho transcurridos del 24 de marzo de 2008 al 31 de marzo de 2008 ambas fechas inclusive, una vez remitido dicho cómputo pasará este Tribunal a pronunciarse respecto a la apelación ejercida. Líbrese oficio.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
Secretaria Acc.,


GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2007-000028
RADZ/GCMM/eryh