REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, diecisiete (17) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
Visto que mediante auto de fecha 02 de marzo de 2011 el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de estado Aragua, fijó un lapso de treinta (30) días de despacho, más tres (03) días que se le concedería como término de la distancia para la presentación de los informes respectivos, el cual comenzaría a computarse una vez constara en autos la notificación de las partes.
No obstante, por cuanto no consta en el expediente que se hubiere cumplido con lo ordenado en el auto antes mencionado, se ordena notificar a las partes y se advierte que una vez conste en auto la última de las notificaciones empezará a transcurrir el lapso para la consignación de los informes, de conformidad con la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese oficios, boleta y comisión.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Acc.,
GÉNESIS C. MIRANDA MORALES
Exp. Nº JE41-G-2006-000085
RADZ/GCMM/eryh