REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que este Juzgado en fecha 16 de abril de 2013 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual RATIFICÓ su competencia para conocer del presente asunto y DECLARÓ CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Wilfredo MOTTA (INPREABOGADO Nº 24.069), actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana DORAIMA JOSEFINA GRATEROL (cédula de identidad Nº 4.345.308), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO CON SEDE EN SAN JUAN DE LOS MORROS ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN


Exp. Nº JE41-G-2010-000034
RADZ/RJRF/ggpr