REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 08 de agosto de 2007 el Juzgado Superior en la Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua) dictó sentencia declarando CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, y ordenó la notificación del ciudadano PABLO JOSÉ ARTEAGA FRAGOZA (Cédula de Identidad Nº 8.730.530) en la querella funcionarial que interpusiera contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Se observa además, que el 22 de octubre de 2013 el ciudadano Leonard Velásquez en su carácter de alguacil de este Juzgado, consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación del aludido ciudadano, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2005-000026
RADZ/RJRF/mpgn