REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 04 de febrero de 2013 este Juzgado declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA y ordenó la notificación del ciudadano RODOLFO VILLALOBOS TOLEDO en la querella funcionarial interpuesta contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES DE INTERIOR Y JUSTICIA. Se observa además, que el 22 de octubre de 2013 el ciudadano Leonard Velásquez en su carácter de alguacil de este Juzgado consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación del aludido ciudadano, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta, en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativo. Líbrese boleta.
El Juez,
Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2008-000054
RADZ/RJRF/eryh