REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 10 de julio de 2013 este Juzgado declaró INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional y ordenó la notificación de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA DÍAZ LORETO en la acción interpuesta contra el INSTITUTO DE LA MUJER DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JUAN GERMÁN ROSCIO DEL ESTADO GUÁRICO. Se observa además, que el 22 de octubre de 2013 el ciudadano Leonard Velásquez en su carácter de alguacil de este Juzgado consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación de la aludida ciudadana, en virtud de lo cual se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta, en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativo. Líbrese boleta.
El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,



Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JP41-O-2013-000010
RADZ/RJRF/eryh