REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticinco (25) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que este Juzgado en fecha 13 agosto de agosto de 2012 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró el DECAIMIENTO del objeto del recurso por abstención o carencia interpuesto por el ciudadano OSCAR BLADIMIR RUIZ RANGEL (cédula de identidad Nº 12.811.176) contra el INSTITUTO PEDAGÓGICO RURAL EL MÁCARO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENÉ DEL JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. Nº JE41-G-2008-000084
RADZ/RJRF/eryh