REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, ocho (08) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que el entonces Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay, estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua) en fecha 01 de abril de 1998 dictó sentencia en la presente causa, mediante la cual declaró CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo, por los ciudadanos VICTOR JULIO ORTEGA Y OTROS, con representación judicial, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Dicho fallo fue confirmado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de junio de 1998.
Ahora bien, por cuanto no queda alguna otra actuación por realizar en este asunto, se declara TERMINADA la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente conformado por una pieza de antecedente administrativo de veintiséis (26) folios útiles y una pieza principal contentiva de doscientos cincuenta y uno (251) folios incluido este auto.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Acc.,



GÉNESIS C. MIRANDA MORALES



Exp. Nº JE41-G-1996-000006
RADZ/GCMM/eryh