REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de la actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 18 de octubre de 2007 el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay estado Aragua (hoy Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua) dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Carlos Enrique YSMÁYEL TORREALBA (INPREABOGADO Nº 116.734), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL FRANCISCO MARQUEZ (cédula de identidad Nº 4.393.108) contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.

No obstante, se advierte que en fecha 25 de octubre de 2008 el apoderado judicial de la parte querellante apeló del fallo supra mencionado.

El 13 de febrero de 2013 este Juzgado Superior se abocó al conocimiento de la causa y por auto dictado en fecha 21 del mismo mes y año ordenó en acatamiento al fallo dictado en la presente causa la notificación del Procurador General del estado Guárico y acordó que una vez constara en auto la notificación respectiva pasaría a pronunciarse sobre la apelación ejercida en la presente causa. Se advierte que en fecha 04 de marzo de 2013 fue consignada la notificación del referido Procurador.

En virtud de lo anterior, este Tribunal, OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y ordena notificar a las partes que una vez conste en auto la última de las notificaciones remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 110 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Líbrese oficio y boleta. Cúmplase lo ordenado.
El Juez,

ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA

La Secretaria Acc,

GÉNESIS CAROLINA MIRANDA MORALES


Exp. JE41-G-2006-000082
RADZ/GCMM/ggpr