REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, nueve (09) de octubre de dos mil trece (2013)
203º y 154º


Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 10 de mayo de 2013 este Juzgado dictó sentencia declarando CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA y ordenó la notificación de la empresa CONSTRUCTORA PALENFORNER C.A. en el recurso de nulidad que interpusiera contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN JUAN DE LOS MORROS DEL ESTADO GUÁRICO. Se observa además, que en fecha 30 de septiembre se recibió comisión proveniente del Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, en la cual la ciudadana alguacil del referido Juzgado expuso “… me trasladé (...) a la dirección que esta en la Boleta de Notificación (…) me entreviste con los vecinos (…) informándome que hace tiempo el local esta solo y no abren sus puertas…” por lo cual consignó la boleta por cuanto resultó infructuosa la notificación de la aludida empresa, en virtud de ello se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,



ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA

Secretaria Acc,


GÉNESIS C. MIRANDA MORALES


Exp. Nº JE41-G-2008-000023
RADZ/GCMM/mpg