REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. Valle de la Pascua, primero de octubre de 2013.-
203º y 154º

PARTE ACTORA: GILBERTO CORREA BELIZARIO
PARTE DEMANDADA: AURA TERESA AREVALO
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE N°: 18.828

Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que la parte actora no compareció el día 30 de septiembre de 2013 fecha en la cual estaba fijado el acto conciliatorio, el Tribunal así lo hace constar y declara extinguido el proceso de conformidad con el artículo 757 del Código de Procedimiento Civil Vigente. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Désele salida al presente expediente, en el libro respectivo y en su oportunidad remítase con oficio al Archivo Judicial Ext. Valle de la Pascua, del Estado Guárico. El Juez--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Dr. José Alberto Bermejo.------------------------------------------------------------------------------------

----------- -------------------------------------------------------------------------------- La Secretaria

-------------------------------------------------------------------------------------------Abog. Célida Matos.

Quien suscribe, Abog. CELIDA MATOS, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. CERTIFICA: Que la copia que antecede es fiel y exacta de su original, el cual cursa inserto en el Expediente N° 18.828, contentivo del juicio de DIVORCIO y la misma se expide por orden del Tribunal, y de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Valle de la Pascua, primero de octubre del año 2.013. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
La Secretaria .,

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Abog. Célida Matos.