REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO

Valle de la Pascua, 25 de Octubre de 2013
203° y 154°
Visto el DESISTIMIENTO del Procedimiento, efectuado mediante diligencia de fecha 22 de Octubre de 2013 (folio 75) suscrita por la abogada ENEIDA ZERPA GUZMAN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 29.800, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandante BANCO NACIONAL DEL CREDITO C.A., BANCO UNIVERSAL y por cuanto no es contrario a derecho de conformidad con lo establecido en el artículo 263 de Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, da por consumado dicho DESISTIMIENTO e imparte su homologación. Igualmente se acuerda devolver los originales solicitados por la parte actora, los cuales cursan a los folios (12 al 54, ambos inclusive), dejando en su lugar copia certificadas de los mismos, de conformidad con lo establecido en el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil. Agréguese al presente cuaderno principal, el cuaderno de Medidas. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez,

ABG. JOSE ANTONIO ROMANCE.
La Secretaria,

ABG. JOHANES J. DIAZ.
Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 25 de Octubre de 2013, siendo la 09:30 horas de la mañana. Conste.
La Secretaria,

ABG. JOHANES J. DIAZ.

Exp Nº 2013-4393
JAR/JJD/cd