REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSÉ FÉLIX RIBAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO JOSE FELIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
GUARICO
Tucupido, veintinueve (29) de Octubre de 2.013.-
203° y 154°

SOLICITANTE: MARIA TERESA CARAPA.-
MOTIVO: SOLICITUD DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITUD: Nº 5.919-13.

Visto el escrito que encabezan estas actuaciones mediante el cual la ciudadana MARIA TERESA CARAPA, solicita sea declarada como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, del difunto JOSE IRAMIDES BOLIVAR, quién falleció ab-intestato el día 28 de Agosto de 2.013, en el Hospital Dr. Rafael Zamora Arevalo, de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, cumplida la publicación ordenada y visto los recaudos acompañados, así como la declaración de los testigos ciudadanos LUIS ALFREDO MARTINEZ Y NIDIA COROMOTO PUERTA, quienes manifestaron conocer suficientemente de vista trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana MARIA TERESA CARAPA; que igualmente conocieron al difunto JOSE IRAMIDES BOLIVAR, que les consta que el difunto era su hermano y que les consta que el difunto mencionado falleció en el Hospital Dr. Rafael Zamora Arevalo, de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del Estado Guárico, día 28 de Agosto de 2.013, a consecuencia de Infarto Agudo al Miocardio, Hipertensión arterial no controlada, enfermedad renal Crónica Estadio V., que les consta que la solicitante es la única heredera, por conocer suficientemente a la solicitante. El Tribunal dejando a salvo los derechos de terceras personas, dadas las atribuciones conferidas a los Tribunales de Municipio mediante resolución Nº 2.009-0006, de fecha 18 de Marzo de 2.009, en su Artículo 3, y publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 02 de Abril de 2.009, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara conforme a los autos a la ciudadana: MARIA TERESA CARAPA; como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERO, del difunto JOSE IRAMIDES BOLIVAR. Déjese constancia en el libro diario. Déjese copia certificada de las presentes actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales a los solicitantes.-
El Juez Provisorio;

Abg. Vicente Ramòn Vivas Briceño La Secretaria;
Abg. Dayris Arvelàez Ramos.
Seguidamente se devuelve constante de ( ) folios útiles a los solicitantes como fue acordado.-
La Secretaria;

Abg. Dayris Arvelàez Ramos.


Solicitud Nº 5.919-13.
VRVB/DAR/Joan.-