ASUNTO: JP51-L-2011-000275
Vista la diligencia que antecede, consignada en fecha 16 de Septiembre de 2013, por la Abogada en ejercicio Onella Isabel Padron, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada empresa “China Railway Engineering Corporatión”, mediante la cual desiste de la prueba de informe solicitada al Banco Mercantil, Banco Universal, C.A. y al Banco de Venezuela, promovida en el CAPITULO IV, de su correspondiente escrito de Promoción de Pruebas y que fue admitida mediante auto de fecha 20 de Junio de 2013, en virtud de que dicha prueba no se ha materializado a través de la correspondiente evacuación, procedente como es dicho desistimiento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal homologa dicho desistimiento. ASI SE DECLARA
En consecuencia, por efecto del desistimiento que nos ocupa, no hay lugar al pago de costas conforme a lo establecido en los artículos 59, 61 y 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASI SE DECIDE.
En virtud del anterior pronunciamiento y como quiera que en aras de procurar la celeridad procesal, de conformidad con lo establecido en el articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es necesario dar impulso al presente proceso hasta su conclusión, este Tribunal ordena la continuación de la audiencia oral y pública de juicio, por lo que en virtud de que los días hábiles correspondiente a los meses de septiembre y octubre de 2013, de acuerdo a la Agenda Única llevada por la Oficina de Secretarios Judiciales, están todos dispuestos para la Celebración de las Audiencias Orales fijadas por los Juzgados de Juicio que conforman este Circuito Judicial del Trabajo, en razón de lo cual y no existiendo disponibilidad de otra Sala de Audiencias, como de Personal de las Oficinas de Secretarios Judiciales, Servicio de Alguacilazgo y Departamento de Técnicos Audiovisuales, se fija oportunidad para dicho acto, para el día lunes veinticinco (25) de noviembre de dos mil trece (2013), a las dos horas y treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.). ASI SE ESTABLECE.
EL JUEZ
JOSE GREGORIO PEREZ DUARTE
LA SECRETARIA
INDIRA MORA PEÑA
JGPD/IMP/imp.-
|