REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
Calabozo, Veinticinco (25) de Septiembre de dos mil trece (2013)
203° y 154º

SENTENCIA

N° DE EXPEDIENTE: JP61-L-2013-000097
PARTE ACTORA: ANGEL VICENTE BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº 4.345.176
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO
PARTE DEMANDADA: ARGENIS ROJAS
REPRESENTANTES DEL PATRONO: WILLIANS BRITO, inpreabogado Nº 135.716
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy miércoles veinticinco (25) de Septiembre de 2013, siendo las once horas (11:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar incoado por el ciudadano ANGEL VICENTE BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº 4.345.176, contra ARGENIS ROJAS; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, el Ciudadano WILLIANS BRITO, inpreabogado Nº 135.716, en su carácter de abogado asistente del ciudadano ARGENIS ROJAS; así mismo, se deja constancia que la parte demandante ciudadano ANGEL VICENTE BOLIVAR, titular de la cedula de identidad Nº 4.345.176, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
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EL JUEZ,

ABG. PABLO CESAR ARISTIMUÑO
LA SECRETARIA,