REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 03 de Septiembre de 2.013.
203º y 154º
En el día de hoy 03 de septiembre de 2.013, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m), se constituyo el Tribunal a cargo del Juez Arquímedes Cardona, el Secretario Nehomar Quero, la abogada Desiree Margaret Hernández Rangel, titular de la cedula de identidad Nº V- 16.864.700, actuando en su carácter de abogada sustanciadora de la Oficina Regional de Tierras Guárico, debidamente autorizada por el ciudadano coordinador Víctor Terán, y las ciudadanas: Ana Ayarit Rodríguez Rodríguez y Carmen Josefina Carrasquel Requena, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 10.274.183 y V- 10.266.492 respectivamente, a los fines de realizar la entrega de dos (02) títulos de adjudicación de tierras emanados del Instituto Nacional de Tierras signados con los números 491612 y 461704, a favor de las ciudadanas antes identificadas, todo ello en acatamiento a lo establecido en los artículos 305, 306 y 307 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Acto seguido se procede a la entrega de los instrumentos antes identificados y asimismo la representante del la oficina regional de tierras del Instituto Nacional de Tierras, les exhorta a las beneficiadas a dar cumplimiento a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, cumpliendo con la función social de la propiedad agraria la cual no es otra que el trabajo directo de la tierra, no dando lugar a la tercerización y a ninguna otra figura latifundista que condena nuestra Constitución. Seguidamente se les concede el derecho de palabra a las beneficiadas de los instrumentos antes identificadas, quienes expusieron entre otras cosas lo siguiente: Nos comprometemos a trabajar la tierra de forma directa e igualmente solicitamos del INTI y de todos los organismos del Estado el apoyo para poder trabajar la tierra de forma integral, es decir necesitamos el apoyo de los créditos, maquinarias y de todo lo relacionado con las vías de acceso, lo cual nos ayudará a ser más productivos. También queremos aprovechar esta oportunidad para manifestar nos ayuden con lo siguiente: 1.Que se anulen los oficios enviados a Funda Comunal, Banco Agrícola, FONDAS, INDER, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Agricultura y Tierras y la Guardia Nacional Bolivariana, ya que por medio de estos oficios se nos revoco los instrumentos y como consecuencia se nos cerraron las puertas para todo los tramites que se realizan en estos órganos, entre ellos podemos mencionar que no nos otorgan créditos, permisos, ni se nos permitirá el derecho a votar en las elecciones del consejo comunal que se realizara el día lunes 09 de septiembre, a raíz del recibimiento de estos títulos que hoy nos otorgan debe en consecuencia restituirnos todos nuestros derechos como campesinos y revocar el efecto de estos oficios que son nulos e ilegales ya que el único que tiene esta potestad es el directorio del INTI central y no el INTI regional. 2. Igualmente solicitamos que la oficina regional de tierras Guárico se aboque a la anulación de los fenix que se han otorgado a otras personas sobre nuestros lotes de terrenos, ya que esto trae conflictos con otros campesinos. Seguidamente se le concede el derecho de la palabra a la abogada del INTI regional, quien expuso: Oída las exposiciones que anteceden me comprometo a elevar dicha solicitudes al ciudadano coordinador de la ORT Guárico, a los fines de lograr una respuesta positiva e inmediata en cuanto a estos planteamientos es todo. Acto seguido el Juez de este Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico oído el pedimento de la beneficiadas, ordena en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la NULIDAD de todos los oficios emanados de oficina regional de tierras Guárico a relacionados con el caso de las ciudadanas antes identificadas, y de todos los campesinos que se encuentren en esta situación en el sector chiguichigui, parroquia Calabozo del Municipio Francisco de Miranda. Asimismo se ordena oficiar a los entes del Estado antes señalados para que den cumplimiento a esta decisión. Igualmente se ordena al coordinador regional de Instituto Nacional de Tierras del estado Guárico, ciudadano Víctor Terán, remita oficios a los entes antes identificados con el objetivo de informarle la Nulidad de la decisión que fue reflejada en los oficios emanados a los mismos, igualmente se solicita remita a este Juzgado copia certificada de todos los oficios que remitió bajo estas condiciones a los diferentes órganos del Estado. Ahora bien en cuanto a la inquietud de las ciudadanas antes identificadas relacionada con las nuevas solicitudes de inscripción en el registro agrario realizadas sobre los terrenos que les fueron adjudicados el día de hoy, se le ordena tomar los correctivos pertinentes para la resolución de esta problemática y una vez resuelta, remitir la información a este Tribunal. Así se decide. Es todo se leyó, se termino y conforme firman siendo las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m).

EL JUEZ
ARQUIMEDES JOSE CARDONA A.
EL SECRETARIO


LAS CIUDADANAS BENEFICIADAS



LA ABOGADA DE LA OFICINA REGIONAL INTI



Exp. JSAG-S-044