ASUNTO: JP51-N-2012-000034
PARTE RECURRENTE: HOTEL LA PASCUA MALL
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: El profesional del derecho ciudadano JHON JAVIER QUINTANA LUQUE, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 132.108.
PARTE RECURRIDA: Acto administrativo de fecha 13 de Junio de 2012 sustanciado en el expediente con la nomenclatura 071-2012-01-00280 por la Inspectoría del Trabajo de Valle de la Pascua del Estado Guárico.
TERCERO INTERVINIENTE: JOSE RAMON CORREA DANIEL, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-8.799.719.
MOTIVO: NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO.
Vista la incomparecencia de las partes intervinientes en el presente asunto a la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública fijada para el día de hoy; este JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, CON SEDE EN VALLE DE LA PASCUA, en aplicación a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, en consecuencia remítase al Archivo Judicial, transcurrido como sea el lapso recursivo sin haberse ejercido ningún medio procesal.
EL JUEZ,
JAVIER IGNACIO SCHMILINSKY ATENCIO
LA SECRETARIA,
ANAMAR PEREZ
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