Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 11 de Abril de 2014
203° y 155º
ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2011-021961
DEMANDANTE: MARITZA MESZAROS REYES, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad N° V-6.555.154.
DEMANDADO: HARRY LEE LANGFORD JEFFCOAT, mayor de edad, estadounidense, titular de la cédula de identidad N° E-82.077.742.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.
APODERADOS JUDICIALES DE LA ACCIONANTE: Abg. VÍCTOR LUÍS SANCHEZ LEAL y ABG. RENATO OLAVARRÍA ALVAREZ, Inpreabogado Nros. 22.574 y 41.430, en su orden.
APODERADOS JUDICIALES DEL ACCIONADO: Abg. KEITAH COPPIN CAMPEL, ROMULO ALBERTO MONCADA YEPEZ y GABRIEL FARIAS CARVAJAL, Inpreabogados N° 132.941, 18.666 y 126.324, respectivamente.
REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. CAROLINA MERCEDES GONZÁLEZ GUEVARA, Fiscal Centésima Sexta (106°).
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Visto el oficio N° 0248 de fecha 11/03/2014, emanado de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual dando cumplimiento a la sentencia de fecha 12/12/2013, remite una (01) pieza principal de ciento setenta y ocho (178) folios útiles, relacionada con el Recurso de Regulación de la Jurisdicción, que fuera interpuesto por la abogada MARIAN LEBLANC, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 141.664, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte accionada.
Este Juez a cargo del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Quedar en cuenta de la Sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 10 de diciembre de 2013, donde fuera resuelto el Recurso de Regulación de la Jurisdicción que fuera interpuesto por la abogada MARIAN LEBLANC, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 141.664, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte accionada, el cual fue declarado Sin Lugar, por cuanto el Poder Judicial Venezolano tiene Jurisdicción frente al Juez extranjero para conocer y decidir la solicitud de divorcio, incoada por la ciudadana MARITZA MESZAROS REYES, mayor de edad, venezolana y titular de la cédula de identidad N° V-6.555.154, en contra del ciudadano HARRY LEE LANGFORD JEFFCOAT, mayor de edad, estadounidense, titular de la cédula de identidad N° E-82.077.742.
SEGUNDO: Por cuanto en sesión de fecha 14 de agosto de 2013, fui designado Juez Temporal del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº CJ-13.3372; me ABOCO al conocimiento pleno de la presente causa.
TERCERO: Se acuerda notificar a las partes del presente abocamiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90 y 202 en su Párrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, haciéndoles saber que una vez conste en autos la notificación de la última de las partes, comenzará a correr el lapso establecido en el referido artículo 14, y finalizado éste, sin que las partes hayan presentado una contradicción del abocamiento, se procederá a dictar auto expreso fijando oportunidad para proseguir la causa en el estado y grado que se encuentra.
CUARTO: Visto lo voluminoso de la presente pieza y a los fines de un mejor manejo del expediente, se ordena el cierre de la presente pieza constate de seiscientos treinta y dos (632) folios útiles, en consecuencia se acuerda la apertura de una nueva pieza, la cual se denominara Segunda Pieza. Cúmplase.
Publíquese, regístrese y déjese copia por secretaría de la presente resolución, a los fines legales previstos en el artículo 248 de la Ley Adjetiva Civil. Asimismo, publíquese en la página Web de este Órgano Jurisdiccional.
Dada, Firmada y Sellada en el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los once (11) días del mes de abril de dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ,
Dr. RAFAEL VILLAVICENCIO PIÑA.-
EL SECRETARIO,
Abg. JAIRO CHIRINOS.-
En esta misma fecha y previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo la hora indicada el Sistema Juris 2000. Conste.
EL SECRETARIO,
Abg. JAIRO CHIRINOS.-
ASUNTO: AP51-J-2014-006527
RVP//JCH//JCBM.-
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