REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 30 de abril de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

ASUNTO: AP51-J-2013-001569

Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto y en especial la diligencia de fecha 23 de abril de 2014, suscrita por la Abg. YUBIRY SANCHEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 19.656, en la cual solicita sea subsanado el error en que se incurrió en la sentencia de fecha 08 de abril de 2014; en consecuencia, este Juez del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la ACLARATORIA, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual; donde se transcribió: “Mediante escrito presentado en fecha 21 de febrero de 2013, por los ciudadanos….” debe decir: “Mediante escrito presentado en fecha 30 de enero de 2013, por los ciudadanos….”. Téngase la presente como parte accesoria de la sentencia de de fecha 08 de abril de 2014. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dr. RONALD CASTRO
ABG. ANADIS OCHOA

RC//AO//malena