REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintidós (22) de abril de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que este Juzgado Superior, en fecha 08 de agosto de 2013 dictó sentencia Nº 2013-000228 declarando la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el presente asunto, el aludido fallo se encuentra definitivamente firme. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de trescientos tres (303) folios, incluido este auto.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2004-000041
RADZ/RJRF/mpgn