REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, veintidós (22) de abril de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente, se advierte que en fecha 04 de julio de 2013 este Juzgado libró boleta de notificación dirigida a la ciudadana NELLY CARIDAD RAMOS BRIZUELA (Cédula de Identidad Nº 4.391.080), en la querella funcionarial que interpusiera contra la ZONA EDUCATIVA DEL ESTADO GUÁRICO. Se observa además, que en fecha 07 de abril de 2014 se recibió comisión proveniente del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en la cual la ciudadana Gelianmar Abreu, en su carácter de alguacil del referido Juzgado expuso “…mes traslade en varias oportunidad a diferentes horas del día a la siguiente dirección: Urbanización Calicanto, Calle López Aveledo Norte, Quinta Gladys y la oficina siempre se encontró cerrada…” (sic), por lo cual consignó la boleta sin firmar de la aludida ciudadana, en virtud de ello se ordena su notificación a través de la publicación de la respectiva boleta en la cartelera de este Juzgado, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según lo previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta.
El Juez,
ABG. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JE41-G-2004-000055
RADZ/RJRF/mpgn