REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veintitrés (23) de abril de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que este Juzgado Superior, en fecha 13 de diciembre de 2012 dictó sentencia Nº 2012-000158 declarando CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA el presente asunto, el aludido fallo se encuentra definitivamente firme. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza de antecedentes administrativos de doscientos treinta (230) folios y una (1) pieza principal de doscientos sesenta (260) folios, incluido este auto.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JE41-G-2005-000097
RADZ/RJRF/ojgj