REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, veinticuatro (24) de abril de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se observa que este Juzgado Superior, en fecha 18 de octubre de 2013 dictó sentencia Nº 2013-000251 declarando INADMISIBLE el presente asunto, el aludido fallo se encuentra definitivamente firme. No quedando alguna otra actuación por realizar este Órgano Jurisdiccional declara TERMINADA la causa y ordena el cierre y archivo del presente expediente, conformado por una (1) pieza contentiva de diecinueve (19) folios, incluido este auto.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


El Secretario,


Abg. RENE del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JP41-G-2013-000058
RADZ/RJRF/mpgn