REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO JOSE FÉLIX RIBAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.-

TUCUPIDO, 03 DE ABRIL DE 2014.-
203° Y 154°

Por cuanto en fecha 13 de Febrero de 2.014, fui designada por el Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio Nº 0258, por la Magistrada GLADYS MARIA GUTIERREZ ALVARADO, debidamente juramentada por el Juez Rector del Estado Guárico, en fecha 06 de Marzo del año 2.014, para desempeñar el cargo de Jueza Provisoria del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, del cual tome posesión en fecha 11 de Marzo de 2.014; En consecuencia como es procedente en derecho, me aboco al conocimiento de la presente Causa en el Expediente signado con el Nº 1.081-10, Vista la exposición realizada ante este despacho por la ciudadana: MILAGROS RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.834.996, en su carácter de autos, donde desiste del Procedimiento, en el presente juicio (Exp. Nº1.081-10) en representación de su hijo, con motivo de Obligación de Manutención, seguido en contra del ciudadano: ROARBI RONDON; en consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su homologación solo en lo referente al procedimiento, por cuanto esta materia involucra el interés superior del niño, niña y del adolescente que es de carácter irrenunciable.- Remítase en su oportunidad al Archivo Inactivo.- Provéase lo conducente.-
La Jueza Provisoria:

Abg. Rosa Virginia Anzola Páez
El Secretario Temporal:

Abg. Joan Martín Herrera.
Exp. Nº1.081-10
RVAP/JMH/alexandra.-