En fecha 14 de noviembre de 2.013, los ciudadanos JACINTO NICOLAS RAMIREZ y MARIA JUSTINA PERAZA REYES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.156.968 y 6.063.620, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio BIANGGINI ESTANGA MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social, bajo el Nro. 76.027, presentaron escrito de solicitud de divorcio 185-A, por ruptura prolongada de la vida en común y manifestaron que hace treinta y cuatro (34) años, están separados de hecho, sin que haya sido posible reconciliación alguna entre ellos. Folios 1 al 5.- Para decidir, este Juzgado hace las siguientes consideraciones