REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 14 de Abril de 2014
203° y 155°
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, la documentación acompañada, las justificaciones evacuadas al efecto y la diligencia de fecha 10 de abril de 2014, presentada por la ciudadana CARMEN CELINA LOPEZ DE CASTRO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro V-2.975.973, asistida por la abogada en ejercicio THAIS GUILLEN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 139.995, mediante la cual consignó copia certificada del acta de nacimiento y copia de la cedula de identidad de la ciudadana BELKIS BELZAY CASTRO DE MONTESINOS, así como copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano IVAN JOSÉ CASTRO LÓPEZ, debidamente rectificada, dando así cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha 29 de noviembre de 2013, este tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos CARMEN CELINA LOPEZ DE CASTRO, IVAN JOSE CASTRO LOPEZ, JOSEFINA CASTRO LOPEZ, MARISELA CASTRO LOPEZ, ANAHIS DEL VALLE CASTRO LOPEZ, CARMEN RAMONA CASTRO LOPEZ Y BELKIS BELZAY CASTRO DE MONTESINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-2.975.973, V-6.136.265, V-12.096.265, V-6.899.292, V-10.631.871, V-6.886.931 y V-10.112.321, respectivamente, causahabientes del de Cujus RAMON OSWALDO CASTRO PIÑANGO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nro V-605.020, fallecida Ab-Intestato, en fecha 13 de junio de 2013, en la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,


MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA


ARELIS FALCON
Exp AP31-S-2013-010313
MCGH/AF/mjm