REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de abril del año 2014.
203º y 155º
Vista la diligencia que antecede, presentada por el abogado ALEJANDRO YEMES NAVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 77.209 actuando en su carácter de apoderado judicial de parte actora, mediante la cual solicita la ejecución de la sentencia. Este Tribunal, con vista a dicho pedimento y por cuanto observa que el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de febrero de 2014 dictó sentencia mediante la cual declaró improcedente la alegación de nuevos hechos formulados por la parte demandada, así como, declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido por la referida parte en contra del fallo definitivo dictado por este Tribunal en fecha12 de noviembre de 2013, es por lo que se declara definitivamente firme y se decreta su ejecución. En consecuencia, se le concede a la parte demandada perdidosa, un lapso de tres (3) días de despacho contados a partir de la presente fecha, exclusive, a los fines que dé cumplimiento voluntario a la Sentencia de fecha 12 de noviembre 2013, advirtiéndole que en caso de no cumplir voluntariamente en el lapso antes señalado, se procederá a la ejecución forzada, de conformidad con lo establecido en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
MARIA DEL CARMEN GARCIA HERRERA
LA SECRETARIA,
ARELIS FALCON
AP31-V-2013-000918
MCGH/Af/fm