REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de abril de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

ASUNTO: AP31-S-2014-002846

Vista la anterior diligencia de fecha 29 de abril del corriente, presentada por el ciudadano LEONEL MICHEL HURTADO ORTEGA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.509.377, asistido por la abogada DEYXI DA SILVA C., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 45.809, mediante la cual consigna copia cetificada del acta de matrimonio de los solicitantes, en cumplimiento del auto dictado por este Tribunal en fecha 10 de abril de 2014, este Tribunal ADMITE en cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS realizada por los, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad ciudadanos LEONEL MICHEL HURTADO ORTEGA y YAMILA LOISMARY SEQUERA ACEVEDO números V.-19.509.377 y V.-17.424.496, respectivamente. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, LEONEL MICHEL HURTADO ORTEGA y YAMILA LOISMARY SEQUERA ACEVEDO, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 8 de abril de 2014, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaria copias certificadas de la presente solicitud y del presente auto, y entréguese a los interesados de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR,



DRA. MARIA CECILIA CONCE MONTEVERDE.
LA SECRETARIA TITULAR,



ABG. ADRIANA EIGLYN PLANAS.
MCCM/AEP/KATTY*