REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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EN SU NOMBRE
Tribunal Décimo Sexto Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
SOLICITANTE: ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 5.522.998.
APODERADA JUDICIAL
DE LA SOLICITANTE: GINA ESTELA HERNANDEZ GARCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.254.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE Nº: AP31-S-2014-003063
-I-
- ANTECEDENTES-
En fecha 11 de abril de 2014, es presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento junto a sus recaudos, la cual una vez distribuida corresponde el conocimiento de la misma a este Juzgado.
En fecha 23 de abril de 2014 se admitió la solicitud y se ordenó tramitar la misma por el artículo 770 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, asimismo se libro Cartel de Citación dirigido a cuantas personas pudieran ver afectados sus derechos, a fin que expusieran lo que consideraran pertinente.
En fecha 28 de abril de 2014, la solicitante otorga Poder Apud Acta a la abogada GINA ESTELA HERNANDEZ GARCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.254.
En fecha 7 de mayo de 2014, la apoderada judicial retiró por ante la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial Cartel de Citación y consignó copias simples a los fines de librar boleta al Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 12 de mayo de 2014, se libró boleta de citación al Fiscal del Ministerio Público.-
El día 22 de mayo de 2014, el ciudadano JESUS RANGEL, en su carácter de Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, dejó constancia mediante diligencia de haber hecho entrega de la boleta de citación en la sede de la Fiscalía Nonagésima Séptima (97°) del Ministerio Público, consignando copia de la misma debidamente firmada y sellada como prueba de ello.
En fecha 5 de junio de 2014, compareció la abogada MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, Fiscal Provisorio Nonagésima Séptima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, especial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares, no teniendo nada que objetar sobre la solicitud.
En fecha 13 de junio de 2014 la representación judicial de la solicitante consignó Cartel de Citación publicado en el Diario El Universal
Posteriormente, el 18 de julio de 2014, compareció la abogada GINA ESTELA HERNANDEZ GARCES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 118.254, consignando escrito de promoción de pruebas.
-II-
- MOTIVACIONES PARA DECIDIR –
Alega la solicitante que nació el 12 de marzo de 1960 en la maternidad Concepción palacios, y que fue presentada por sus padres ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, en fecha 15/03/1960, bajo el Nombre de ARELYS MAGALY pero que es el caso que en los libros de Registro Civil del Registro Principal del Distrito Capital, por error material involuntario colocaron en su segundo nombre MARGARITA, lo cual es incorrecto, ya que dice que su segundo nombre es MAGALY, y es el nombre que ha utilizado durante toda su vida, y en todos los documentos de identificación, y es por ello que señala que dicho error le ocasiona un enorme perjuicio.
En consecuencia, solicita al Tribunal se sirva rectificar la partida de nacimiento levantada por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el número 920 del año 1940, en el sentido que se diga que el nombre correcto de la solicitante al momento de levantar la referida acta es “ARELYS MAGALY”.
Que fundamenta la rectificación en los artículos 768, 769 y 770 del Código de Procedimiento Civil.
De los Documentos Aportados:
1. Tarjeta de Nacimiento, historia clínica Nro. 49129, Expedida por la Maternidad Concepción Palacios, ubicada en la Jurisdicción de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital.
2. Copia certificada del Acta de Nacimiento inserta bajo el Nº 920, correspondiente a la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, emanada de la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital.
3. Copia certificada y copia simple del Acta de Nacimiento de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK emitida por la Oficina de Registro Principal del Distrito Capital, inserta bajo el Acta 920 folio 460 año 1960 del Libro de Registro Civil de Nacimientos de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital.
4. Copia certificada de la Fe de Bautismo de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por la Arquidiócesis de Caracas, Iglesia Parroquial San Juan Bautista.
5. Copia certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos GREGORIO MARTIN HERRERA y ROSA AMANDA GARCIA REYES, padres de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por la Jefatura Civil de San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital.
6. Copia simple y original del Pasaporte venezolano de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
7. Copia simple y original del Cuestionario de Inscripción Militar de fecha 11 de Diciembre de 2003, del ciudadano LUIS RAMON STABACK MARTIN, hijo de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
8. Copia simple y original del Cuestionario de Inscripción Militar de fecha 05 de Abril de 2011, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
9. Copia simple y original del Cuestionario de Inscripción Militar de fecha 26 de Octubre de 2004, de la ciudadana ARELYS MARITZA STABACK MARTIN, hija de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
10. Copia simple y original del Acta de Nacimiento, de la ciudadana ARELYS MARITZA STABACK MARTIN, hija de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, emitida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha 13 de Enero de 1981, inserta bajo el Nro. 100 folio 50 año 1981.
11. Copia certificada de la Fe de Bautismo de la ciudadana ARELYS MARITZA STABACK MARTIN, hija de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, emitida por la Arquidiócesis de Caracas, Parroquia de Nuestra Señora de Guadalupe de El Junquito.
12. Copia simple de Consulta de Datos del Registro Electoral de fecha 29 de Marzo de 2014, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
13. Copia simple de Registro Único de Información Fiscal (RIF), comprobante Nro. 201301B0000018848686, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
14. Copia simple de la Cuenta Individual, emitida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
15. Copia simple y original de Datos del Patrono, expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
16. Copia simple y original de la Constancia de Trabajo de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por DISTRIBUIDORA REYMERD, en fecha 18 de Marzo de 2005.
17. Copia simple de Liquidación de Prestaciones Sociales, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por DISTRIBUIDORA REYMERD.
18. Copia simple y original de la Constancia de Trabajo de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por la Unidad Educativa “MIS AREAS DE TRABAJO”, en fecha 4 de Marzo de 2004.
19. Copia simple de Titulo en Técnico Superior Universitario en Administración, mención: Contabilidad y Finanzas, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
20. Copia simple y original de Certificación de Notas de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por el Instituto Universitario de Tecnología “ISAAC NEWTON”.
21. Copia simple y original de certificación de Culminación de Estudios de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por el Instituto Universitario de Tecnología “ISAAC NEWTON”.
22. Copia simple de Finiquitos de Garantías de Crédito de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por el Banco BANESCO BANCO UNIVERSAL.
23. Copia simple y original de cuota de Préstamo Hipotecario de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por la Industrial Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A.
24. Copia simple y original del Registro de Vivienda Principal, de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por el Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
25. Copia simple y original del documento de extinción de hipoteca emanada de la Oficina de Registro Publico del Municipio Plaza del Estado Miranda, a favor de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
26. Copia simple y original de Factura Nro. 054595, emitida de la Oficina de Servicios al Contribuyente (OSECO) a nombre de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
27. Copia simple y original de Notificación de Avaluo, Nro. 5516, emitida por la Oficina de Catastro Municipal de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
28. Copia simple y original del Acta de Nacimiento del ciudadano LUIS RAMON STABACK MARTIN, hijo de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK emitida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Guarenas Distrito Plaza del Estado Miranda, de fecha 28 de Marzo de 1985, inserta bajo el Nro. 756.
29. Copia simple y original de Constancia de Inscripción Catastral de un inmueble ubicado en Centro Residencial Alef Apto. 5-A, emitido a favor de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
30. Copia simple y original de sanción emitida por la Oficina Municipal de Catastro del Distrito Plaza, a la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
31. Copia simple y original de Pruebas de Revisión, Diferidas y de Asignaturas Pendientes de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
32. Copia simple y original de Constancia de Conducta de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por el Instituto de Ciclo Basico Perú de Lacroix.
33. Copia simple y original del Titulo de Bachiller en Humanidades de la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK.
34. Copia simple y copia certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos LUIS MANUEL STABACK y ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital.
El artículo 81 eiusdem establece las condiciones generales que debe contener toda acta:
“Características de las actas en general
Todas las actas deben contener las características siguientes:
1. Número de acta.
2. Identificación del funcionario o funcionaria que las autorizó, deben contener entre otros, nombres, apellidos, número único de identidad, el carácter con que actúa e instrumento administrativo que lo faculta, indicando el número de la resolución, medio de publicación y fecha.
3. Día, mes y año en que se levantó el acta o se inscriba el hecho o acto que se registra.
4. Hora, día, mes y año en que acaeció o se celebró el hecho o acto que se registra.
5. Lugar donde acaeció el hecho, así como las circunstancias correspondientes a la clase de cada acto.
6. Nombres, apellidos, número único de identidad, nacionalidad, edad, profesión y residencia de las personas que figuren en el acta, cualquiera sea su carácter.
7. Determinación y enunciación de los recaudos presentados.
8. Características específicas y circunstancias especiales de cada acto.
9. Impresiones dactilares.
10. Firmas de quienes intervengan en los actos y hechos susceptibles de registro. Si no saben o no pueden escribir lo harán dos firmantes a ruego, dejando constancia de esta situación.
11. Identificación del indígena, pueblo o comunidad a la que pertenece y de las personas que figuren en el acta”
El artículo 144 eiusdem establece que las actas podrán ser rectificadas en sede administrativa o judicial, procediendo las rectificaciones en sede judicial cuando existan errores u omisiones que afecten el contenido del fondo del acta, debiendo acudirse a la jurisdicción ordinaria (artículo 149).
Ahora bien, luego de revisadas las actas que conforman el expediente, el Tribunal observa, que de la revisión de las actas que acompañan la presente solicitud que la solicitante ciudadana ARELYS MAGALY, en su partida de nacimiento tiene el nombre de ARELYS MARGARITA, razón por la cual la partida de nacimiento contiene el error denunciado por la solicitante y se hace procedente en derecho la rectificación del segundo nombre de la solicitante. Así se establece.-
- III -
- D I S P O S I T I V A -
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, supra identificada, y en consecuencia decide:
ÚNICO: En el acta de nacimiento correspondiente a la ciudadana ARELYS MAGALY MARTIN DE STABACK, levantada ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el número 920 del año 1960, donde dice el segundo nombre de la presentada “MARGARITA” deberá decir “MAGALY”. Así se decide.-
Se acuerda librar oficios a los funcionarios civiles correspondientes, remitiéndoles copia certificada de la presente decisión a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los TRECE (13) DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR,
EDGAR JOSÉ FIGUEIRA RIVAS
LA SECRETARIA TITULAR
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA
En la misma fecha, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), se publicó y registró la decisión anterior, previo cumplimiento de las formalidades de Ley, dejándose copia de la misma en el Departamento de Archivo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA TITULAR
LUZDARY JIMÉNEZ SILVA.
EJFR/LJS/KSP
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