REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, SEDE CALABOZO.
204º y 155º

Identificación de las partes
EXPEDIENTE Nº JP61-L-2014-0000037
PARTE ACTORA: RAFAEL ANTONIO MATUTE ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 8.620.510
ABOGADAS APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: ENZO ZAPATA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 196.201
PARTE DEMANDADA: PERFORACIONES VENEZUELA, C.A. (PEVECA). y FRANKLIN PIMENTEL PIMENTEL
APODERADO DE LA DEMANDADA, ELIZABETH SCIOSCIA y ADELISMAR ANDREA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nºs 84.246 y 226.122, respectivamente
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales

ACTA DE INSTALACIÒN DE LA PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día hábil de hoy Lunes Ocho (8) de Noviembre de 2014 siendo las dos (2:00) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar en el presente Juicio, incoado por el ciudadano RAFAEL ANTONIO MATUTE ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 8.620.510, contra PERFORACIONES VENEZUELA, C.A. (PEVECA). y FRANKLIN PIMENTEL PIMENTEL ; previo el anuncio de Ley se le dio inicio a la misma, compareciendo por ante este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, las Ciudadanas ELIZABETH SCIOSCIA y ADELISMAR ANDREA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nºs 84.246 y 226.122, respectivamente, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; así mismo, se deja constancia que la parte demandante ciudadano RAFAEL ANTONIO MATUTE ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 8.620.510, no compareció ni por si ni mediante apoderado judicial alguno, por lo que se declara la presunción de desistimiento del procedimiento, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.
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EL JUEZ,

ABG. PABLO CESAR ARISTIMUÑO
LA SECRETARIA,