REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO: AP21-L-2014-003155

PARTE ACTORA: ANGELA CAROLINA SEQUERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V- 18.365.319.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARIA FRANCIA CALA RODRIGUEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nº 186.039.
PARTE DEMANDADA: HOTEL ALERCA CARACAS, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 01 de febrero de 1999, bajo el N° 53, Tomo 4 A Cto.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA A LOS AUTOS.
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL.

Por cuanto la Juez que preside este despacho, se encontraba de reposo maternal debidamente avalado por el Servicio Médico, desde el día 09 de diciembre de 2014, hasta el día 12 de diciembre de 2014, ambas fechas inclusive, y a los fines de reanudar la presente causa, es por lo que se provee el expediente en la presente fecha.
Vista la diligencia de fecha 05 de diciembre de 2014, suscrita por la ciudadana ANGELA SEQUERA, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.365.319, actuando en su carácter de parte actora, debidamente asistida por la abogada MARIA CALA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 186.039, mediante el cual DESISTE del presente procedimiento de demanda por accidente de trabajo. En consecuencia este Juzgado HOMOLOGA dicho desistimiento en los términos expuestos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado analógicamente por el Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena el cierre informático y archivo definitivo del presente asunto, una vez haya transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos de Ley.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 15 días del mes de diciembre de 2014. Años: 204º y 155º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
A JUEZ,
ABG. KEYU ABREU
EL SECRETARIO
ABG. OSCAR CASTILLO

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado

EL SECRETARIO
ABG. OSCAR CASTILLO