REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez de diciembre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: AP21-S-2014-004104

Vista diligencia suscrita en fecha ocho (08) de diciembre de 2014, por el ciudadano: abogado WILLIAM FUENTES HERNÁNDEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº31.934, en su carácter de apoderado judicial del Oferente GRUNENTHAL VENEZOLANA FARMACEUTICA C.A.; con ocasión a la Oferta Real de Pago planteada a la Oferida ciudadana CARMEN GABRIELA VALDERRAMA HERNÁNDEZ, cédula de identidad NºV-13.946.788, mediante la cual Desiste de la Oferta Real de Pago, este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Sustanciación, procede a HOMOLOGAR el Desistimiento de la Oferta Real de Pago manifestado. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) informando que se dejó sin efecto el oficio librado en fecha 29 de octubre de 2014 y se dará por terminado el presente asunto. Así se decide.-

La Jueza

Abg. Mariela de Jesús Morales Soto

El Secretario

Abg. Alejandro Alexis