REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 01 de diciembre de 2014 mediante la cual el ciudadano JESÚS DEL VALLE FARÍAS CASTAÑEDA (Cédula de identidad Nº 22.922.982), asistido por el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), apeló de la sentencia Nº PJ0102014000145 dictada por este Juzgado en fecha 11 de noviembre de 2014 que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial que interpusiera el mencionado ciudadano, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO (POLÍCIA DEL ESTADO GUÁRICO).
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y ordena notificar a las partes, que una vez conste en auto la última de las notificaciones se remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta y oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. JP41-G-2014-000018
RADZ/RJRF/mpgn