REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, doce (12) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Visto que en fecha siete (07) de agosto de dos mil catorce (2014) el Abg. Rafael Antonio Delce Zabala Juez de este Órgano Jurisdiccional, se reincorporó a este Tribunal en virtud del disfrute de sus vacaciones, es por lo que se ABOCA al conocimiento de la presente causa, en consecuencia, se ordena notificar a la parte querellante de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en el entendido de que transcurrido el término de diez (10) días continuos contados a partir del día siguiente a que conste en autos la notificación ordenada, comenzarán a transcurrir los cinco (5) días de despacho a que se refiere el artículo 48 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.451 del 22 de junio de 2010, a los fines de que la parte pueda hacer uso del derecho consagrado en la mencionada norma. Una vez vencido dicho lapso, la causa reanudará su curso al estado en que se encuentra, esto es, notificar de la admisión, para lo cual la parte querellante deberá consignar un juego de copias fotostáticas del presente asunto, faltantes para cumplir con lo ordenando en el auto de admisión de fecha 11 de julio de 2014, ya que mediante diligencia de fecha 09 de diciembre del mismo año la parte actora solo consignó dos juegos de los fotostatos necesarios.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN



Exp. Nº JP41-G-2014-000061
RADZ/RJRF/ojgj