REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, dos (02) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Vista la diligencia de fecha 10 de noviembre de 2014 mediante la cual el abogado Roberto BOLÍVAR (INPREABOGADO Nº 29.849), actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano YOHAN ANTONIO GÓMEZ ABREU (cédula de identidad Nº 19.473.379), apeló de la sentencia Nº PJ0102014000135 dictada por este Juzgado en fecha 24 de octubre de 2014 que declaró SIN LUGAR la querella funcionarial que interpusiera el mencionado ciudadano, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO.
Este Tribunal, en virtud de que el referido recurso se interpuso tempestivamente, se ADMITE y en consecuencia OYE EN AMBOS EFECTOS la apelación ejercida y ordena notificar a las partes, que una vez conste en auto la última de las notificaciones se remitirá el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo como órgano ad quem según lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Líbrese boleta y oficio respectivo.
El Juez,

Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN

Exp. JP41-G-2012-000031
RADZ/RJRF/mpgn