REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, tres (03) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º

Celebrada como ha sido la Audiencia Preliminar en el presente asunto, se da inició al lapso para la contestación de la demanda, de conformidad con lo previsto en el artículo 61 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y en consecuencia la parte demandada dispone de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la presente fecha inclusive para contestar la presente demanda.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA



El Secretario,



Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMIN


Exp. Nº JP41-G-2014-000108
RADZ/RJRF/mpgn