REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan de los Morros, ocho (08) de diciembre de dos mil catorce (2014)
204º y 155º
Visto que en el presente asunto se encuentra vencido el lapso de evacuación de pruebas, este Tribunal da inicio al lapso de cinco (05) días de despacho para presentar informes, contados a partir de la presente fecha inclusive, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
El Juez,
Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA
El Secretario,
Abog. RENÉ del JESÚS RAMOS FERMÍN
Exp. Nº JP41-G-2013-000066
RADZ/RJRF/ojgj