REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo (10º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veintidós (22) de enero de dos mil catorce (2014)
202º y 154º
ASUNTO: AP51-S-2008-011287
PARTE SOLICITANTE: XIOMARA JACQUELINE RODRIGUEZ GOITIA, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N° V-11.691.390.
ABOGADA ASISTENTE: MARITZA VALERO GONZALEZ, quien actúa en su carácter de Defensora Pública Quinta (5°) de la Sección de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas.
JOVEN: KEMILY JANAI HERNANDEZ, de dieciocho (18) años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-25.367.713.
MOTIVO: AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR.
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial la diligencia presentada, en fecha 20-01-14, por el joven KEMILY JANAI HERNANDEZ, de dieciocho (18) años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-25.367.713, en su carácter de beneficiariA, debidamente asistido por la Abogada lisette karim escobar, en su carácter de Defensora Pública Quinta (5°) en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mediante la cual expone:
“En virtud de haber cumplido 18 años de edad, el día diez (10) de Octubre de 2013, como o puede constatar de la copia de mi cédula de identidad que se acompaña y de mi acta de nacimiento que riela en el cuerpo del expediente en cuestión, por tanto, solicito al ciudadano Juez, se sirva autorizarme por ante el Banco Industrial de Venezuela, para retirar mi cuota parte que representa el 50% de los mis haberes habidos en la cuenta identificada con el No. 003-0081-11-0100446051 , cuyos titulares MASON EDUARDO RODRIGUEZ Y YO, la cual está a nombre de mi madre XIOMARA JACQUELIBE RODRIGUEZ GOITIA. Hago la salvedad, que mi nombrado hermano, retiró su porcentaje por haber cumplido también la mayoría de edad…”
Efectuada como ha sido la revisión del presente asunto y verificada el acta de nacimiento de la joven de autos, es por lo que se concluye que es procedente la solicitud realizada, en consecuencia este Tribunal Décimo (10º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda AUTORIZAR SUFICIENTEMENTE a la joven KEMILY JANAI HERNANDEZ, de dieciocho (18) años de edad y titular de la cédula de identidad N° V-25.367.713, para que RETIRE LA LIBRETA DE AHORROS Y MOVILICE LIBREMENTE los haberes de la Cuenta de Ahorros N° 003-0081-11-0100446051, del Banco Industrial de Venezuela, donde los beneficiarios eran los jóvenes MASON EDUARDO RODRIGUEZ y KEMILY JANAI HERNANDE; y debido que al joven MASON EDUARDO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-23.529.216, este Tribunal, en fecha 29-02-12, se le autorizó al retiro del 50% de los haberes que se encontraban depositados en la precitada cuenta; y en razón de que la joven KEMILY JANAI HERNANDE ha alcanzado la mayoría de edad, en fecha 10.10.2013, por lo que, se ordena hacer entrega de la Libreta de Ahorros a la prenombrada ciudadana; en consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) con el objeto de que realicen los trámites administrativos necesarios ante el Banco Industrial de Venezuela, a fin de que se de cumplimiento a lo acá ordenado.- Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Abg. Greyma Ontiveros Montilla
Abg. Carolina Hernandez
AP51-S-2008-011287
GOM/Ch/mariana.-
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