REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, doce (12) de dicembre de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2013-018201
Solicitante: TOMAS ENRIQUE GUITE ANDRADE, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Tercero (93°) del Ministerio Público, a petición de la ciudadana, ROSA ANGELINA BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de al cédula de identidad No. V-6.191.576.
Niña: (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de ocho (08) años de edad.
Motivo: TUTELA
En virtud de la designación del abogado ALCIDES ROBLES GORDILLO como Juez Suplente del Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, efectuada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; y participado Al mismo, mediante oficios Nro CJ-13-3011 de fecha 14/08/2013, en su orden, se aboca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de TUTELA, presentada por el abogado, TOMAS ENRIQUE GUITE ANDRADE, en su carácter de Fiscal Nonagésimo Tercero (93°) del Ministerio Público, a petición de la ciudadana, ROSA ANGELINA BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de al cédula de identidad No. V-6.191.576, actuando en su carácter de abuela materna de la niña, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de ocho (08) años de edad; mediante la cual solicita la apertura del procedimiento de Tutela correspondiente, por cuanto en los actuales momentos la prenombrada niña no tiene Tutores nombrados por sus fallecidos padres. Ahora bien, vistas las juramentaciones y aceptaciones realizadas por la ciudadana; ROSA ANGELINA BOLIVAR, anteriormente identificada, en el cargo de TUTORA, al ciudadano, TOLENTINO NICOLAS TOVAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V- 5.071.594, en el cargo de PROTUTOR; a la ciudadana, MARTHA NOEMY LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-5.908.474, SUPLENTE DEL PROTUTOR, y los ciudadanos FRANCIS JOSEFINA RODRIGUEZ DE PEÑA, MIGUEL EDUARDO BECEA BOLÍVAR, ANA MERCEDES MARRERO ZERPA y YAMILETH JOSEFINA SUMOZA DE AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.357.764, V-17.961.751, V-4.088.915 y V-9.959.379, respectivamente, como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA a favor de la niña, (Se omite el nombre de los Niños Niñas y Adolescentes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes) , de ocho (08) años de edad. Este Tribunal Décimo Cuarto de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301, 313 y 314 del Código Civil, DISCIERNE los cargos antes mencionados, a dichas ciudadanas, con todos los deberes inherentes a las mismas. Se acuerda expedir copias certificadas del presente auto y de la solicitud, para lo cual se insta a la parte interesada a consignar los fotostatos respectivos, y una vez que conste en autos se proveerá lo conducente. Cúmplase. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Mediación Sustanciación Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los doce (12) días del mes de diciembre de Dos Mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ,

Abg. ALCIDES ROBLES
LA SECRETARIA,

Abg. LUISA OLIVEROS

AR/LO/LISETH