REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, diez (10) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º


Recibido como ha sido el Expediente distinguido con el Nº AP42-R-2013-000624 proveniente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, el cual fue remitido mediante oficio Nº 707 por el Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del estado Guárico de fecha 18 de diciembre de 2013 contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano CECILIO RUBÉN GONZÁLEZ PÉREZ (cédula de identidad Nº 9.432.491), asistido de abogado, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. Dicha remisión se efectuó en virtud de la Sentencia dictada por la referida corte en fecha 14 de noviembre de 2013, la cual declaró: “1.- Que es COMPETENTE para conocer el recurso de apelación ejercido el 28 de febrero de 2013(…) 2.- DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto 3.- FIRME la sentencia apelada”. Este Órgano Jurisdiccional, ordena darle entrada al presente asunto y registrar su REINGRESO en los Libros respectivos con las anotaciones correspondientes.
El Juez,



Abog. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria Acc.,



Abog. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.



Exp. Nº JP41-G-2012-000014
RADZ/MAFF/ggpr