REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, catorce (14) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º

De una revisión exhaustiva de las actas que conforman el presente expediente se observa que este Juzgado en fecha 12 de abril de 2013 dictó sentencia en la presente causa mediante la cual declaró INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Saul de Jesús ALBANO NICOLAI (INPREABOGADO Nº 62.012) actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana NOHEMÍ DE JESÚS MELÉNDEZ DE HERNÁNDEZ (cédula de identidad Nº 3.952.206), contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SANTA MARÍA DE IPIRE DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.
El Juez,


Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA


La Secretaria Acc.,


Abg. MARÍA A. DE FIGUEIREDO F.


Exp. Nº JP41-G-2012-000022
RADZ/MAFF/ggpr