REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

San Juan de los Morros, treinta (30) de enero de dos mil catorce (2014)
203º y 154º


De una revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que este Juzgado Superior en fecha 09 de enero de 2013 dictó sentencia mediante la cual declaró INADMISIBLE la presente causa interpuesta por la abogada María Elena BRAVO RICO (INPREABOGADO Nº 13.138) actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CARMEN SURIRMA ARRIOJA DE PARRA (Cédula de Identidad Nº 7.276.075), contra la CONTRALORÍA DEL ESTADO GUÁRICO, no obstante contra el referido fallo no se intentó recurso alguno, en virtud de lo cual debe declararse DEFINITIVAMENTE FIRME la aludida sentencia.

El Juez,



Abg. RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Secretaria Acc.,



MARÍA. A DE FIGUEIREDO F.

Exp. Nº JE41-G-1994-00002
RADZ/MAFF/mpgn